Gobierno nacional prorrogó la devolución del 15% por compras con débito y aumentó el tope

La medida comunicada por Afip se extiende hasta fin de año. Alcanza a personas jubiladas que cobran la mínima y a quienes perciben distintas asignaciones. Los detalles en la nota

En el marco de una serie de medidas destinadas a personas jubiladas y beneficiarias de Asignación Universal por Hijo (AUH) y otras, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta fin de año el régimen de reintegros del 15% del monto de las compras de bienes realizadas en "comercios minoristas y/o mayoristas mediante la utilización de tarjetas de débito, asociadas a cuentas vinculadas a los beneficios de jubilación, pensión y/o asignación".
 
A través de la Resolución General 5221/2022 publicada en el Boletín Oficial, el organismo recaudador estableció además que el monto máximo de ese reintegro no podrá superar los $2.028 por mes por persona beneficiaria, aunque para quienes "perciban dos o más prestaciones de algunos de los siguientes beneficios sociales: asignaciones universales por hijo para protección social, asignaciones por embarazo para protección social y hasta una pensión por fallecimiento que no exceda el haber mínimo", el tope máximo de reintegro será de $4.057. 
 
El monto del reintegro aumentó casi un 70% y es para compras realizadas en comercios de cercanía, mini, súper e hipermercados, kioscos, almacenes y farmacias.
 
A quiénes alcanza el beneficio
a) Jubilaciones y pensiones por fallecimiento, en una suma mensual que no exceda el haber mínimo garantizado.
 
b) Asignaciones universales por hijo para protección social.
 
c) Asignaciones por embarazo para protección social.
 
d) Pensiones no contributivas nacionales, en una suma mensual que no exceda el haber mínimo
 
En los considerandos de la normativa se estipula que el "régimen ha demostrado ser una herramienta eficaz para brindar ayuda a los sectores aludidos y fomentar el uso de medios electrónicos de pago, por lo que se estima oportuno mantener su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, inclusive, e incrementar los topes de reintegro".
 
Además, aclara que "el monto correspondiente al reintegro de las operaciones de compra efectuadas desde las 00:00 horas del 1 de julio de 2022 hasta las 17:00 horas del 6 de julio de 2022, será acreditado el 7 de julio de 2022 en la cuenta bancaria en la que se percibe el beneficio de la jubilación, pensión y/o asignación". En tanto, que pasado ese plazo, los reintegros se realizarán de acuerdo a lo que estaba estipulado en la norma original, que se detalla más abajo.
 
Cuándo se acredita el reintegro
De acuerdo a lo que establece la normativa original, los plazos para acreditación en la cuenta del beneficiario son los siguientes:
 
a) Para las operaciones de compra que se realicen entre las 00:00 horas y las 17:00 horas del mismo día, la acreditación en cuenta se hará efectiva dentro de las VEINTICUATRO (24) horas hábiles de efectuada cada operación.
 
b) Para las operaciones de compra que se realicen luego de las 17:00 horas, el reintegro se realizará dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles de efectuada cada operación de compra.
 
De esta manera, el Gobierno Nacional mantiene el beneficio, considerando que el régimen de reintegros para personas humanas que revistan la condición de consumidores finales y de estímulos para los pequeños contribuyentes, prioriza "a los sectores más vulnerados de la sociedad".
FUENTE: CBA24N